EULEN SEGURIDAD SANCIONADA POR INCUMPLIR LA LEY PRL

28/04/2025

El 3 de Abril de 2025 recibimos la resolución de la Inspección de Trabajo contra la mercantil Eulen Seguridad Barcelona, por la denuncia que presentó la sección sindical de ADN SINDICAL SEGURIDAD Y SERVICIOS DE CATALUÑA por varios incumplimientos de la Ley de PRL.

Incumplimientos provocados nuevamente por las “Cacicadas” de la empresa.

Nota cultural…

¿Qué significa cacicada? Según la RAE:

  1. Acción arbitraria propia de un cacique o de quien se comporta de igual modo. injusticia, abuso, cabildada, alcaldada.

Aquí os dejamos el texto de la resolución para que podáis leerla:

“PRECEPTOS INFRINGIDOS

En consecuencia, los hechos referenciados en la presente acta constituyen una vulneración de la normativa de prevención de riesgos laborales, consistente en el incumplimiento de los artículos 4.2.d y 19 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B.O.E. 24/10/15); así como de los artículos 14.1, 14.2, 15.1, 16.2.a, 16.2.b, 18.1, 18.2 y 19.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE del 10/11/95), y de los artículos 3 y 7.1 del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los puestos de trabajo (BOE de 23.04.1997), en relación con el Anexo III (apartados 1 y 2) y la Disposición Adicional Única del citado Real Decreto.

TIPIFICACIÓN Y SANCIÓN

Tales incumplimientos, constituyen una infracción administrativa, calificada como grave y tipificada en el artículo 12.1.b del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (BOE 08/08/2000).

MEDIDAS ADOPTADAS

De conformidad con el artículo 22.5 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE del 22.06.2015), se inicia procedimiento administrativo sancionador.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE del 10/11/95) y 22 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE del 22.06.2015), se requiere el cumplimento, en el plazo de 2 meses, de los artículos 4.2.d y 19 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B.O.E. 24/10/15); así como de los artículos 14.1, 14.2, 15.1, 16.2.a, 16.2.b, 18.1, 18.2 y 19.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE del 10/11/95), y de los artículos 3 y 7.1 del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los puestos de trabajo (BOE de 23.04.1997), en relación con el Anexo III (apartados 1 y 2) y la Disposición Adicional Única del citado Real Decreto y, en particular:

  • Se requiere la evaluación de riesgos termo higrométricos en todos los centros de trabajo en los que los trabajadores deban prestar servicios en el exterior y en verano (incluyendo la medición de temperaturas durante los días de mayor calor), la adopción de medidas correctoras en caso de superarse los umbrales legalmente establecidos, la información y formación a los trabajadores en dicha materia cuando no la hubieran recibido y garantizando la participación de los delegados de prevención.

Finalmente, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le comunica que la presente actuación inspectora ha dado lugar al inicio de procedimiento sancionador.”

VER RESOLUCIÓN COMPLETA

No entendemos el poco o casi nulo interés hacia el diálogo que tiene Eulen Seguridad Barcelona y que prefiera seguir con sus “CACICADAS” en contra de los intereses de los trabajadores y para más “inri” contra los intereses de la propia empresa para evitar Inspecciones, etc.

Los componentes de la sección sindical de ADN SINDICAL SEGURIDAD Y SERVICIOS DE CATALUÑA en EULEN Seguridad Barcelona continuarán trabajando para velar por los intereses de todos los trabajadores/as de la empresa.

Les guste o no a estos “caciques”.