A partir del próximo 2 de abril de 2026, todos los ciudadanos españoles podrán identificarse mediante la aplicación MiDNI, siendo obligatoria su aceptación tanto por parte de las Administraciones Públicas como de las entidades privadas.
Este hecho implica que las empresas de seguridad y sus clientes deberán proporcionar a sus trabajadores las herramientas adecuadas y la formación necesaria para garantizar que los ciudadanos puedan ejercer este derecho con plenas garantías.
MEDIDAS INMEDIATAS ADOPTADAS POR EL SINDICATO
En este contexto, desde ADN SINDICAL SEGURIDAD Y SERVICIOS DE CATALUÑA informamos que nuestro Director de Seguridad solicitó formalmente el pasado 12 de marzo a la Jefatura Superior del Cuerpo Nacional de Policía de Cataluña la impartición de una formación específica. Dicha solicitud se fundamenta en lo establecido en la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, concretamente en su artículo 9.
Consideramos imprescindible que se adopten las medidas oportunas para asegurar una correcta adaptación a este nuevo sistema de identificación, garantizando tanto la seguridad jurídica como la adecuada prestación de los servicios por parte de los profesionales del sector.
Artículo 9. Cursos de formación especial.
Los cursos, conferencias o reuniones formativas organizadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, al objeto de impartir las instrucciones o pautas de actuación para hacer efectivo el principio básico de auxilio, colaboración y coordinación con estas, se computarán como horas lectivas a efectos de la formación permanente del artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada.
VER SOLICITUD DE NUESTRO DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
No es seguro que la acepten pero como sindicato profesional mayoritario de Seguridad nos mojamos como siempre velando por los intereses, la protección y la profesionalidad de los trabajadores y trabajadoras del sector.
Os dejamos el enlace web oficial del Portal MIDNI y un video donde CNP lo explica bien:
IMPORTANTE:
En el caso de que la empresa no os haya facilitado la herramienta necesaria para la lectura del código QR y en vuestro servicio sea obligatorio requerir la identificación mediante DNI, debéis solicitarlo de forma urgente y por escrito.
Si tras dicha solicitud no obtenéis respuesta o solución, deberéis remitir un correo electrónico a la dirección info@adnsindical.org
Esta incidencia, por motivos de protección de datos, será atendida exclusivamente por vía email, debido a la necesidad de gestionar datos sensibles relacionados con clientes.
Reiteramos que el ciudadano tiene derecho a identificarse mediante el código QR de la aplicación MiDNI.
En caso de no disponer de los medios técnicos adecuados para su verificación, no asumáis responsabilidades que corresponden a la empresa ni os expongáis a situaciones comprometidas por falta de recursos.
«HAZTE OÍR: AFÍLIATE HOY Y ACTÚA»
Contacto y Asesoramiento Directo
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