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El Ajuntament de Sant Celoni vuelve a vulnerar la normativa en la licitación de servicios de seguridad y sanitarios

7/11/2025

El Ajuntament de Sant Celoni vuelve a vulnerar la normativa en la licitación de servicios de seguridad y sanitarios

El pasado 23 de octubre de 2025 recibimos el segundo desistimiento del Ajuntament de Sant Celoni en relación con la licitación Prestació de serveis preventius sanitaris i serveis de seguretat privada necessaris per actes i activitats que organitza l’Ajuntament de Sant Celoni — Lote 2.

Desde ADN SINDICAL SEGURIDAD Y SERVICIOS DE CATALUÑA queremos manifestar públicamente nuestra preocupación por la falta de rigor jurídico y técnico en la redacción de dicha licitación.

Incompatibilidad legal entre actividades

Tal y como explicamos en nuestro escrito al Ajuntament, el propio pliego reconoce que se trata de dos actividades empresariales diferentes (servicios sanitarios y de seguridad privada), con legislaciones y convenios distintos.

Por tanto, la ley exige la constitución de una UTE (Unión Temporal de Empresas) para poder prestar ambos servicios legalmente.

Así lo recoge el Departament d’Interior en su normativa sobre subcontratación de servicios de seguridad privada

Error en la clasificación profesional y vulneración del SMI

El Ajuntament ha clasificado las categorías laborales como “Peón”, aplicando erróneamente el Convenio Estatal de Empresas de Seguridad 2023-2026, cuando dicha categoría solo se aplica a personal interno de las empresas de seguridad.

Además, con esa clasificación, se estaría incumpliendo el Salario Mínimo Interprofesional de 2025, fijado en 1.184 euros, según publica el SEPE

Propuesta de corrección

Desde ADN SINDICAL SEGURIDAD Y SERVICIOS DE CATALUÑA proponemos una solución correcta y ajustada a la legalidad:

El Ajuntament debe anular la referencia a “peones” y acogerse a las figuras profesionales establecidas en el II Convenio Colectivo de Servicios Auxiliares de Información, Recepción y Control de Accesos, actualizado por la Resolución de 13 de marzo de 2025.

Las figuras adecuadas son:

  • Auxiliar de Servicios: personal que desempeña funciones de información, control de accesos, recepción y apoyo operativo en instalaciones.

  • Auxiliar de Servicios Especializado / Controlador de Accesos: trabajador habilitado oficialmente para tareas reguladas y certificadas.

Conclusión

Resulta vergonzoso que una administración pública incurra en este tipo de errores, que no solo afectan a la legalidad de los contratos, sino también a la dignidad laboral de los trabajadores del sector.

Desde ADN SINDICAL SEGURIDAD Y SERVICIOS DE CATALUÑA seguiremos fiscalizando y denunciando estas prácticas para garantizar el cumplimiento de los convenios y la legislación vigente en defensa de todos los profesionales de la seguridad privada y servicios auxiliares.