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Nuevo Convenio Estatal De Seguridad: Otra Oportunidad Perdida

29/01/2026

Convenio Estatal De Seguridad: Otra Oportunidad Perdida

Informe de la Secretaria General 

En el momento de redactar este escrito, se supone que ya se habrá realizado la firma de un nuevo Convenio Estatal de Empresas de Seguridad. Un convenio planteado y asesorado desde una visión comercial o alejada de la realidad diaria del sector. Una vez más un texto sin una articulación correcta, lógica y adecuada a la situación social y económica de los trabajadores y trabajadoras.

Nos encontramos de nuevo ante un convenio ambiguo, lejos de la realidad del servicio, que parece diseñado para generar conflictos permanentes y obligar a empresas y plantillas a acudir de forma constante a las Inspecciones de Trabajo y a los Juzgados.

Por su falta de seguridad jurídica, este texto bien podría denominarse “Convenio Estatal de Empresas de INSEGURIDAD”.

Ejemplos claros de que es un convenio fallido

 La perpetua discriminación salarial

Este nuevo convenio NO soluciona la discriminación salarial existente entre Vigilantes de Seguridad que realizan las mismas funciones y cuentan con la misma formación, tal y como establece el Ministerio del Interior en la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los programas de formación del personal de seguridad privada.

La discriminación salarial se produce cuando trabajadores que desempeñan un puesto de igual valor reciben retribuciones distintas sin justificación objetiva (experiencia, formación o responsabilidad), vulnerando el derecho a la igualdad de trato. Esta situación se agrava frecuentemente por razones de edad o género.

La legislación vigente exige igual salario por igual valor profesional y formativo, incluyendo complementos y pluses. Esto es especialmente relevante en servicios con Complementos de Servicio donde se exige formación específica: acudas, rondas con vehículo, guía canino, drones, centros hospitalarios, transporte público, sector retail, entre otros.

Un “Plus de Peligrosidad” obsoleto y mal definido

El Plus de Peligrosidad es un complemento salarial destinado a compensar trabajos realizados en condiciones difíciles, incómodas o de riesgo, así como aquellos que implican un esfuerzo físico o mental constante (ruido excesivo, frío extremo, suciedad, entornos hostiles, etc.).

Este plus debería ser independiente y compatible con otros complementos, como un Plus o Complemento de Servicio Armado, asignándose a quienes portan o tienen consolidado el uso de arma reglamentaria.

Un “Plus de Vestuario y Transporte” claramente insuficiente

Resulta imprescindible un Plus de Vestuario y Transporte acorde a las necesidades reales del trabajador o trabajadora. Este complemento debe incluir la compensación por el tiempo necesario para llegar con antelación al servicio y realizar correctamente el relevo, así como el tiempo empleado en el cambio de uniforme.

Actualmente, ese tiempo queda fuera de la Jornada Laboral Efectiva y recae exclusivamente sobre el trabajador, sin compensación económica alguna. Una correcta regulación permitiría además sancionar adecuadamente los retrasos injustificados o las malas condiciones en la prestación del servicio.

 “Plus de Nocturnidad” y “Plus de Festivos” indignos

Quienes hemos recibido una formación rigurosa y hemos superado los exámenes oficiales ante la Policía Nacional sabemos desde el inicio que este es un trabajo que implica noches, fines de semana y festivos, siempre en función de las necesidades de los usuarios de la seguridad.

Dato que se “olvidan” de mencionar los centros que dan Certificados a todo el que pague y ahora ya sin tan siquiera tener que examinarse adecuadamente.

Estas condiciones laborales forman parte del oficio, pero deben ser retribuidas dignamente. Los actuales importes de los Pluses de Festivo y Nocturnidad son ridículos e insuficientes para compensar la carga personal, familiar y social que conllevan.

Jornada Laboral Anual

Es necesaria una reducción de la Jornada Laboral Anual a 1.750 horas.

Esto permitiría dignificar el trabajo, mejorar la calidad del servicio y erradicar malas prácticas, como la del Vigilante del que todos somos conocedores de que va al servicio a dormir, situaciones que dañan la imagen del sector.

Lo lógico sería contar en cada servicio con un o una profesional bien remunerado por esas 1.750 horas anuales, recurriendo a horas extraordinarias solo de forma excepcional y siempre correctamente retribuidas aunque fuese realizándolas para otra mercantil.

Todo ello, debidamente articulado y con salarios acordes a la responsabilidad asumida.

Jubilaciones y prejubilaciones

Debe establecerse la posibilidad de prejubilaciones a los 60 años, financiadas por los usuarios y consumidores de la seguridad. Una vía viable sería la creación de Planes de Pensiones sectoriales, regulados en el convenio y de obligado cumplimiento, al igual que ocurre con las pólizas de seguro.

La imperiosa necesidad de un Convenio Autonómico en Cataluña

Todo esto —y mucho más— podría regularse adecuadamente mediante un Convenio Autonómico de Cataluña de Empresas de Seguridad.

Un convenio adaptado a la realidad social y económica de Cataluña, que tenga en cuenta los intereses de trabajadores, empresas y usuarios. Un marco laboral que garantice que quien quiera disponer de un servicio de seguridad profesional lo pague en condiciones dignas.

Un convenio que ponga fin a las excusas recurrentes de que “la Administración Pública no quiere pagar” y a las quejas interesadas de siempre.

Compromiso sindical

 ADN SINDICAL SEGURIDAD Y SERVICIOS DE CATALUÑA es coherente con la realidad de los trabajadores del sector en Cataluña y continúa exigiendo y luchando por un Convenio Autonómico.

Nuestro objetivo es alejarnos de las penurias a las que este nuevo Convenio Estatal condena tanto a trabajadores como a empresas y usuarios en Cataluña, fruto de una negociación pactada y firmada por empresas monopolizadoras y sus leales sindicatos firmantes.

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