El pasado mes de septiembre del 2024, ante la falta de organización de la mercantil PROTECCION DE PATRIMONIOS, S.L, tuvimos que interponer, ante la Inspección de Guardia de Barcelona, una denuncia por falta de ocupación efectiva.
Después de que la Inspectora de trabajo diera veracidad a la denuncia realizo la siguiente intervención:
«Se entiende infringido el artículo 4.2.a) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE de 24 de octubre de 2015), al indicar que los trabajadores tienen derecho, en la relación de trabajo, a la ocupación efectiva.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. 02/10/2015), se le comunica que la presente actuación inspectora ha dado lugar al inicio de procedimiento sancionador.»